Datanet Telecomunicaciones

PQR´S

Procedimiento parala Atención de PQRS

1. Objetivo

Establecer el procedimiento para la recepción, trámite, respuesta y seguimiento de las Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS) presentadas por los usuarios de Datanet Telecomunicaciones S.A.S., garantizando el cumplimiento de los plazos, la transparencia en la gestión y la satisfacción del cliente, en concordancia con la normativa vigente expedida por la CRC y el MinTIC.

2. Alcance

Este procedimiento aplica a todos los usuarios de los servicios de Internet y Televisión por Fibra Óptica prestados por Datanet Telecomunicaciones S.A.S., y es de obligatorio cumplimiento para todo el personal de la compañía encargado de la atención al cliente.

3. Definiciones

    • Petición: Solicitud presentada por el usuario para requerir información o documentos relacionados con los servicios de la empresa.
    • Queja: Manifestación de inconformidad respecto a la conducta del personal o a la prestación del servicio.
    • Reclamo: Solicitud del usuario relacionada con la prestación indebida o insatisfactoria de un servicio contratado.
    • Sugerencia: Propuesta presentada por el usuario para mejorar los procesos o servicios de la empresa.

4. Canales de Recepción de PQRS

Los usuarios podrán presentar sus PQRS a través de los siguientes medios:
– Línea telefónica de atención al cliente: 3108754458
– Correo electrónico institucional: info@datanet.net.co
– Oficinas físicas de atención al cliente.
– Página web: www.datanet.net.co  (formulario PQRS en línea).

5. Procedimiento

5.1 Recepción

– Cada PQRS será registrada en el sistema de gestión de clientes, asignándole un número de radicado único.
– Se entregará al usuario constancia del radicado y fecha de recepción.

5.2 Trámite

– El área de Atención al Cliente será responsable de canalizar la PQRS al área correspondiente según el tipo de solicitud.
– Se garantizará la reserva de la información personal de acuerdo con la Ley 1581 de 2012.

5.3 Plazos de Respuesta

De acuerdo con la normatividad vigente:
– Peticiones: hasta quince (15) días hábiles.
– Quejas y Reclamos: hasta quince (15) días hábiles.
– Consultas de información: hasta diez (10) días hábiles.
– Derecho de petición en interés particular o general: quince (15) días hábiles.
– Derecho de petición de documentos: diez (10) días hábiles.

En caso de que no sea posible resolver dentro de estos plazos, se informará al usuario antes del vencimiento, explicando los motivos y señalando un nuevo plazo, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente establecido.

5.4 Respuesta

– La respuesta será comunicada por el mismo medio en que se presentó la PQRS, salvo que el usuario indique otro canal.
– Las respuestas deberán ser claras, completas y resolver de fondo la solicitud del usuario.

5.5 Seguimiento

– Se llevará un registro mensual de las PQRS recibidas, atendidas y en trámite.
– El área de Calidad realizará análisis estadístico para identificar causas recurrentes y oportunidades de mejora en el servicio.

6. Responsabilidades

– Área de Atención al Cliente: Recibir, registrar y dar trámite inicial a las PQRS.
– Áreas técnicas y administrativas: Resolver las PQRS asignadas dentro de los plazos establecidos.
– Gerencia: Garantizar los recursos necesarios y supervisar el cumplimiento del procedimiento.

7. Normatividad Aplicable

– Ley 1755 de 2015 – Derecho de Petición.
– Ley 1581 de 2012 – Protección de Datos Personales.
– Resolución CRC 3066 de 2011 y modificatorias (atención a usuarios de servicios de telecomunicaciones).
– Resolución CRC 5050 de 2016 y Resolución CRC 6890 de 2022 (estándares de calidad y atención).

8. Diagrama Procedimiento PQR´S:   Link Aquí 

FORMULARIO

PQRSD (Peticiones, Quejas,Reclamos, Sugerencias Y Denuncias)

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